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Wifi público: ¿hasta dónde llega la autoprestación?

¿Inscribiéndose en el padrón? Foto cortesía de Patrick Mayon

¿Inscribiéndose en el padrón? Foto cortesía de Patrick Mayon

Recientemente la CMT ha decidido iniciar un procedimiento contra el Ayuntamiento de Málaga para investigar si está dando wifi a sus ciudadanos de forma contraria a la Ley General de Telecomunicaciones.

Como ha sucedido siempre en los expedientes del wifi municipal, el problema está en que el ayuntamiento no se ha inscrito como operador en Registro de la CMT. Málaga alega que da sus servicios en régimen de autoprestación y que, por eso, no hacía falta inscribirse en el Registro.

Pero, ¿en qué consiste realmente la autoprestación?

  • El primer requisito (y el más evidente) de la autoprestación es que el wifi se dé desde las dependencias municipales.
  • Pero autoprestación también es un wifi que sirve para “satisfacer las necesidades propias del servicio municipal”, por ejemplo, una red wifi para que la usen los empleados del ayuntamiento.
  • Un caso particular de autoprestación es el wifi que se da en bibliotecas, centros culturales o dependencias municipales donde se imparten cursos, porque se considera que el servicio “es complementario y/o necesario para la efectiva prestación del servicio principal”.


¿Qué no es autoprestación?

  • No es autoprestación dar acceso a webs municipales, ni siquiera para hacer trámites relacionados con el Ayuntamiento. Este es un caso particular en el que se puede dar wifi gratuito, siguiendo la doctrina de la Comisión Europea. Pero no es autoprestación; el Ayuntamiento se tiene que inscribir en el Registro de Operadores de la CMT.
  • Evidentemente, tampoco es autoprestación dar acceso a internet a los ciudadanos (es decir, a terceros), aunque se limite el acceso a páginas de contenido violento o pornográfico.

¿Qué pasará ahora con Málaga?
Es importante destacar que  la CMT no cierra la red wifi malagueña. Simplemente, se inicia un procedimiento sancionador para analizar en qué condiciones se está dando el servicio. Dado que Málaga no está inscrita como operadora, habrá que establecer en qué casos el wifi que ofrece es autoprestación y en qué casos no lo es.

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27 Comments

  1. ¿Se saben plazos para la resolución definitiva?

  2. Muchas gracias blogcmt, seguiremos atentos la resolución. Un saludo

  3. Si el Ayto usara los servicios de un WISP legalizado, aunque estos fuesen luego brandeados por el Ayto o usados para emitir su web municipal de forma gratuita usando el walled garden de sus hotspots y pagando por ello al operador, no sería necesario que tuviese licencia alguna , ¿verdad?

  4. Blogcmt,

    existe algún caso particular más donde se pueda dar wifi gratuita?
    Tiene la comisión europea alguna “doctrina” específica más a seguir respecto a este tema?

    Gracias por vuestros comentarios.

  5. Hola, pero entonces los ayuntamientos solo necesitan registrarse como operador o algo mas como algún tipo de licencia o titulo habilitante¿¿

  6. [...] - Registrarse en la CMT como operador (el Ayuntamiento de Avilés así lo ha hecho) [...]

  7. [...] meollo de esta resolución está en un concepto del que ya os hablados hace unos días, cuando tratamos lo que ocurría con la red wifi del Ayuntamiento de Málaga: la diferencia entre la [...]

  8. Hola a todos, me gustaría saber por qué el ayuntamiento de Monda (Málaga), tiene el permiso para dar internet inalámbricamente al pueblo cobrando una cuota de 10 euros mensuales, si alguien me puede decir por qué, muchas gracias. Si hay una forma de poner internet para un pueblo me gustaría que alguien me diese una solucion.
    Yo me dedico a realizar ampliaciones a las empresas sobre el tema del wifi. Me gustaría saber como va esto de las licencias para emitir internet con alguna operadora.
    Muchas gracias de nuevo al que me de alguna solución.

  9. [...] La diferencia entre unos y otros lugares estriba en que en los primeros se trata de “autoprestación” con fines educativo-culturales y en los segundos se estaría ofreciendo un servicio no [...]

  10. Estimado blogcmt
    Me gustaría mostraran la diferencia de porque en el municipio de Moralzarzal se estan dando wifi gratis por el ayuntamiento y en otros no se permite.
    ¿si un ayto se da de alta como operador, puede dar wifi gratis?
    Gracias

  11. [...] la red se explota en régimen de autoprestación, es decir, cuando no está abierta a terceros (en este post lo explicamos un poco más). Tampoco tienen que inscribirse los servicios de telecomunicaciones empleados por una comunidad de [...]

  12. [...] Wifi público: ¿hasta dónde llega la autoprestación? [...]

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  14. [...] sesión contó con dos representantes de ayuntamientos que han presentado sus proyectos a la CMT: Málaga y Avilés. La alcaldesa de Avilés, Pilar Varela, explicó que “la motivación para crear una [...]

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  16. [...] el momento, se han dado numerosos casos en los que estos ayuntamientos han comenzado a prestar este servicio sin prestar atención a las [...]

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  18. [...] ha sucedido en la mayoría de los expedientes del wifi municipal, el problema está en que el ayuntamiento no se ha inscrito como operador. Málaga alega que da sus [...]

  19. [...] tengan que inscribir en el Registro:  que el wifi se dé en régimen de autoprestación. En otro post referido al Ayuntamiento de Málaga lo explicábamos con más detalle, la autoprestación consiste en wifi dado para los propios [...]

  20. Hola David,
    Es muy difícil concretar plazos en este tipo de procedimientos. De momento, el proceso empieza con un mes que tiene el Ayuntamiento de Málaga para presentar sus alegaciones.

    Un saludo

  21. Ángel,

    si el Ayuntamiento da acceso a su web municipal sigue siendo necesaria la licencia de operador

  22. Hola Joselu,

    Puedes echarle un vistazo a esta resolución de la CMT donde se resume el régimen jurídico que se aplica a las redes wifi. La Comisión Europea también se suele pronunciar en materia de ayudas de Estado para el despliegue de redes de telecomunicaciones a través de dictámenes.

    Un saludo

  23. Jani,
    Si el Ayuntamiento quiere dar wifi no necesita pedir licencia para usar el espacio radioeléctrico porque son frecuencias de uso común. Únicamente se tiene que inscribir en el Registro de Operadores de la CMT.

    Un saludo

  24. Hola,

    Gracias por la respuesta pero no acabo de entenderlo bien ya que la licencia ya se dispondría por parte del operador que operaria y explotaría el servicio legalmente. MALAGA WIFI, como ejemplo, podría ser simplemente el nombre comercial de un producto del operador legalizado y no sería necesario entonces la licencia del ayuntamiento, ¿no?
    Muchas gracias y enhorabuena por este blog que sirve para informarse de los criterios aplicables con casos prácticos.

  25. Hola Angel,
    Creo que lamentablemente no podemos darte una respuesta concreta a tu duda. Desde el blog intentamos aclarar los conceptos más generales de la regulación, pero cada caso concreto la CMT debe analizarlo por separado.

    Un saludo

  26. Hola,

    Mira te remitimos a un post en el que explicamos las condiciones que tienen que cumplir las AAPP (ayuntamientos, administraciones) cuando ponen en marcha una red wifi. Las condiciones básicas son que se inscriban en el registro de la CMT, es decir, nos notifiquen que instalan y explotan esa red y que lo hagan conforme a las reglas del libre mercado, es decir, que no financien esa red de los presupuestos públicos, que respeten la libre competencia fijando precios que puedan distorsionarla, etc. Te sugerimos que eches un vistazo a http://blogcmt.com/2008/12/11/wifi-muniwifi-wifi-gratis-wifi-local%E2%80%A6-y-la-cmt/. Si te surge cualquier otra duda, estaremos encantados de resolvértela.

    gracias y saludos

  27. Hola F. J
    En esta entrad que publicamos hace unos meses tienes todas las casuísticas y requisitos para que una AAPP (Ayuntamiento, Diputación…) ofrezca servicios de comunicaciones electrónicas. Como verás uno de los requisitos es la inscripción en el registro de la CMT

    http://blogcmt.com/2008/12/11/wifi-muniwifi-wifi-gratis-wifi-local%e2%80%a6-y-la-cmt/

    saludos

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